Adiós al límite poblacional de la nueva ley de casas rurales

Ana Pobes
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La Junta de Castilla- La Mancha eliminará este criterio tras las peticiones recibidas por el sector en el periodo de alegaciones, que ya ha finalizado con cinco recursos

La directora general de Turismo, Ana Isabel Fernández, insiste en que se trata de un borrador y que «como todo procedimiento reglamentario, cuando se inicia, pasa por el servicio jurídico y se somete a información pública para que todo el mundo pueda alegar lo que estime conveniente en relación a este texto». Un texto, subraya, que no es el definitivo y que sufrirá cambios. Por el momento, uno de ellos es la eliminación de las restricciones de dónde se puede ubicar una casa rural. En un principio, se fijaba que sólo podían estar dentro de poblaciones menores de 8.000 habitantes, es decir, en suelo urbano. Mientras en los términos municipales de localidades de hasta 30.000 habitantes, podía haber una casa rural siempre que estuviera construida en suelo rústico. Ahora, el objetivo pasa por «vincular el concepto de entorno rural a otras características que debe cumplir el municipio y que no sean las poblacionales". "Es una alegación que nos la ha pedido el sector, y es aceptable".