El Sescam debe pagar 600.000 euros por la muerte de un hombre

Redacción
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El tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha da la razón al Defensor del paciente tras el fallecimiento de un varón en el Hospital Virgen de la Luz en una extirpación de bazo

Imagen de archivo del Hospital Virgen de la Luz - Foto: Reyes Martínez

l Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJ) ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) a pagar más de 516.700 euros e intereses, que en total asciende a 600.000 euros, a una familia por la muerte de un paciente de 42 años a raíz de una cirugía para extirparle el bazo.

Según la sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ regional, consultada por EFE, y la información facilitada por la Asociación El Defensor del Paciente, cuyo letrado Francisco Fernández-Bravo ha representado a la familia, el tribunal condena al Sescam por la deficiente asistencia sanitaria prestada en el Hospital 'Virgen de la Luz' de Cuenca al paciente, al no detectar a tiempo una hemorragia que le causó la muerte.

En marzo de 2020, el Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Cuenca ya dictó sentencia que reconocía el daño y la mala praxis y condenó al Sescam y a la aseguradora Mapfre pero solo indemnizó a la familia con 60.000 euros, aunque dicha sentencia fue recurrida por todas las partes.

El TSJ de Castilla-La Mancha no comparte la fundamentación del juzgado de Cuenca y revoca la sentencia, si bien sí reconoce como hechos acreditados que el paciente acudió al hospital para la práctica de una extirpación de bazo debido a una esplenomegalia acusada (bazo agrandado), trombopenia y déficit congénito leve, circunstancias que alteraban la coagulación del paciente.

En la intervención, que se llevó a cabo el 19 de julio de 2017, se produjo la lesión de una pequeña arteria peripancreática que pasó inadvertida y el paciente ingresó en Reanimación para el control posoperatorio.

Aunque desde su ingreso se constató que padecía taquicardias y dolor abdominal que no cesaban a pesar de los fármacos analgésicos suministrados, tal sintomatología pasó completamente inadvertida y se convirtió en un "error fatal" para el paciente, según ha indicado el Defensor del Paciente.

Tras tres horas y media en Reanimación, y como consecuencia de haber perdido casi cuatro litros de sangre, sufrió una parada cardiorrespiratoria y hasta dos horas después no se le intervino para frenar la hemorragia; y aunque se consiguió estabilizarlo, la excesiva pérdida de sangre provocó un daño hipóxico que le condujo al fracaso multiorgánico y falleció al día siguiente.

El Defensor del Paciente ha subrayado que el hombre no fue tratado de manera correcta, ya que no se tuvieron en cuenta los antecedentes relacionados con problemas de coagulación y tampoco se prestó atención a los síntomas, y todo ello pese a que en el consentimiento informado se incluyó la hemorragia como posible riesgo posoperatorio.

La ausencia de la práctica de pruebas para controlar la posible existencia de hemorragia supuso infracción de la 'lex artis' y así lo ha considerado la Sala del TSJ en la sentencia, en la que también cree que ha quedado acreditado que el paciente perdió más de cuatro litros de sangre y que existe una relación de causalidad entre la asistencia sanitaria y el resultado del fallecimiento.

Además, el tribunal ha apuntado que la hemorragia no fue súbita y que existían signos suficientes que evidenciaban la presencia de la misma desde su ingreso, por lo que podría haberse detectado por medio de ecografía abdominal y una mejor monitorización del paciente.

La asociación Defensor del Paciente ha lamentado que la repercusión y el daño ocasionado a la familia es "enorme", dado que el resultado de la mala praxis ha sido "el fallecimiento de un padre joven, esposo, hermano e hijo".

En este sentido, la presidenta de la asociación, Carmen Flores, ha felicitado al TSJ de Castilla-La Mancha por su "sensibilidad, buen hacer, sentido jurídico y justicia", al tiempo que ha subrayado la importancia de que los tribunales vayan perfilando una jurisprudencia "coherente" en los ejercicios de mala praxis.