Enrique Belda

LOS POLÍTICOS SOMOS NOSOTROS

Enrique Belda


Aniversarios de grandes avances universales en derechos

10/12/2019

El 19 de diciembre de 1966 se firmaban en Nueva York los grandes pactos de desarrollo de los derechos humanos que recogía la obra de Naciones Unidas desde su fundación, tras la II Guerra Mundial. Se llegaba así a dar por sentada la pretensión de que hay derechos iguales para cada persona sin importar su lugar de nacimiento. El problema de todo este asunto es la falta de adecuación a la realidad en la mayor parte de países subdesarrollados o en vías de desarrollo ya que los derechos necesitan dinero para concretarse, y no valen solo palabras, deseos y proclamas. El segundo problema es que a veces se tienen fondos para esto, pero los gobernantes de estos países prefieren otros gastos. Y, finalmente, para algunos países ‘avanzados’, también surgen otros enredos revisionistas que no están tan encaminados a mejorar derechos como a creer que esta filosofía es propia del capitalismo y vale la pena mirar a otras experiencias y culturas.
Aquí me detengo: para cualquiera que se quiera comprometer con los derechos de todas las personas, resulta difícilmente digerible que una apelación cicatera, cerrada y nacionalista a las propias esencias de cada uno de los centenares de miles de comunidades del planeta, pueda pasar por encima de la dignidad de la persona y de los mínimos (o máximos) que arroja el contenido de cada uno de los derechos humanos. Si una comunidad asume una serie de comportamientos organizativos y relacionales entre/con sus miembros, pueden articularse variadas maneras de mantener los criterios soberanos, ancestrales o convencionales, que permitan la conjunción del respeto a cada persona (sujeta de un derecho universalizado) con el mantenimiento de las estructuras previas de convivencia o funcionamiento. Pero difícilmente cabría admitir que, valores y derechos generalizados, quedaran a la puerta de villas o tribus que alegaran su factor diferencial como elemento de excepcionalidad. El respeto, por ejemplo, a comunidades indígenas en el continente americano o a grupos raciales, culturales, religiosos o singulares, en Europa o en cualquier zona de la Tierra, es uno de los factores que caracterizan la universalidad de los derechos humanos, no tanto por la necesidad de proteger y respetar efectivamente a las minorías como por lo inaplazable de crear todo el sistema pensando en un tipo de persona que nazca, viva y se desarrolle en cualquier ambiente, y cuyo resultado sea un sistema de derechos sin mácula predeterminada por civilizaciones, concepciones políticas o filosóficas concretas, ni ningún otro factor de imposición mayoritaria. El caso está en saber diferenciar lo que enriquece desde fuera a Occidente y a sus logros en materia de derechos, de lo que los sustituye o los suple, con una vuelta a la caverna, la brujería o a supuestos sentimientos humanísticos o colectivistas idealizados y que nunca causaron satisfacción y bienestar a sus naturales receptores.