«El archivo de la Inquisición es de los mejor conservados»

Jonatan López
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El profesor, historiador e investigador publicó recientemente 'Introducción a la Inquisición española. Documentos básicos', un análisis exhaustivo que analiza la trayectoria del Santo Oficio en la provincia

«El archivo de la Inquisición es de los mejor conservados»

El historiador e investigador Miguel Jiménez Monteserín ha publicado recientemente Introducción a la Inquisición española. Documentos básicos, que profundiza en los escritos del archivo conquense, revisa y complementa el libro que el propio autor escribió allá por el año 1978. El archivero municipal de Cuenca y director de la Real Academia Conquense de Artes y Letras (Racal ) cree que «hay una renovación por los estudios inquisitoriales» y opina que esta parte de la historia «aún atrae y sigue teniendo lagunas por analizar». La publicación se imprimió en la imprenta de la Universidad de Valencia puesto que Jiménez Monteserín forma parte de un grupo de investigadores que está retomando el análisis que determina la trayectoria de la Sagrada Congregación del Santo Oficio.

¿Qué diferencias existen entre la edición que usted publicó en 1978 y la actual? ¿Qué aporta la revisión?

Las diferencias consisten en que los documentos son más numerosos, se han mejorado las transcripciones, se han añadido algunas cosas que no estaban y que me ha parecido oportuno incluir. Por otro lado, lo que he intentado es aclarar todo lo que a mí me suscitaba alguna duda o, personalmente, me parecía que debía aclararse desde el punto de vista jurídico y teológico. 

¿Se abolió por completo la Inquisición en el reino español o de alguna manera siguió subyacente durante los años posteriores?

Como institución pública y dependiente del Estado termina en 1833 y, a partir de ahí, no ha resurgido más. Desde otro punto de vista, desde el control doctrinal que la Iglesia Católica ha ejercido sobre sus integrantes laicos y eclesiásticos, no hay que olvidar que la Congregación del Santo Oficio estuvo en vigor hasta los años del Concilio Vaticano II; que actualmente la Congregación para la Doctrina de la Fe sigue emitiendo dictámenes y, de hecho, sanciona con sus reparos determinadas actitudes de determinados teólogos. 

¿Por qué cree que tuvieron que pasar tantos años para que cualquier investigador pudiese consultar los documentos originales? ¿Quién puso el palo en la rueda? 

Los documentos de la Inquisición, desde el momento en el que el Tribunal queda abolido y sus fondos pasan a ser de dominio público como sus bienes, estaban ahí. Otro tema es que estuviesen accesibles, que hubiese la conveniente descripción. En el caso de la Inquisición Española, nunca ha habido ningún obstáculo. Todo lo contrario. Lo que sucede es que no se ha dispuesto siempre de un trabajo de archivo que pusiese a disposición de los investigadores los documentos. Otra cosa son los archivos de la Inquisición Romana, pero eso tiene otra trayectoria y otra dinámica. Por otro lado, parece que han sido de nuevo puestos a disposición de los investigadores. Lo que pasa es que su contenido es tremendamente insatisfactorio, porque se ha perdido muchísimo como consecuencia del traslado que muchos de esos fondos tuvieron hacia Francia por orden de Napoleón. En el camino se extraviaron muchos. Ya digo. No ha habido dificultades para consultar los fondos de la Inquisición Española. 

¿Quiénes eran juzgados por el Santo Oficio y cuales eran sus penas comunes?

Hay que entender que es un tribunal religioso, con un respaldo político o jurídico-laico, que perseguía a todos aquellos que con su desvío de la fe podían ser considerados como herejes y, simultáneamente al hecho de pecar o desviarse de la recta doctrina, son también unos potenciales enemigos de la unidad y elementos disolventes del orden público. Todos aquellos por su comportamiento o por su manera pública de desviarse de la fe ortodoxa.

La ley civil disponía que los herejes convictos y confesos, sobre todo los reincidentes y aquellos que no querían convertirse, fuesen castigados con la pena capital. A partir de ahí había una gradación que iba desde las multas, la confiscación de los bienes, hasta penitencias aflictivas como eran los azotes, o la vergüenza. Lo peor de todo era que a los condenados por la Inquisición no solo les afectaba personalmente el hecho de haber cometido un delito tipificado, sino que sus descendientes –durante dos o tres generaciones– podían ser objeto de exclusión social y política, y eso era lo más grave. 

¿Se trataba de ajustes de cuentas y de acusaciones infundadas por parte de comisarios e incluso familiares, o eran procesos judiciales ajustados a derecho?

Estamos ante un Tribunal, dentro de las líneas del derecho penal del antiguo régimen, que se comporta de modo parecido al resto. Hay un asunto esencial en este tema, que es el anonimato de quienes denuncian. El acusado no conocía a sus acusadores y se procuraba darle los menos detalles posibles. ¿Qué hubiese venganzas? Pues sí, no cabe duda, pero no creo que fuese el principal problema. Este es un asunto que no solo afecta al Santo Oficio, en el derecho penal de la Monarquía Absoluta la presunción de inocencia no existe. Dicho eso, la tipificación de los delitos también tiene que ver con las necesidades de la monarquía. Se persiguen determinados delitos en función de lo que en cada momento es conveniente. 

De hecho, se tipifica como derechos de herejía, al principio, lo que en definitiva no son sino comportamientos ligados a una práctica consuetudinaria de aquellos que se habían convertido o eran descendientes de los conversos del judaísmo. En el siglo XVI, cuando se persigue a los cristianos viejos, se está intentando crear un esquema social que se base en unas directrices como es respetar la unicidad del matrimonio, que no haya divorcio, como el hecho de respetar la soberanía y preminencia del Clero como elemento director y dotado de privilegios. Se persiguen determinadas manifestaciones de una creencia ortodoxa y todo lo que tenga que ver con la proximidad a la Reforma y al luteranismo. Por otro parte, se persiguen gestos que se pueden considerar ofensivos para la religión y para Dios, la Virgen o los Santos. 

¿Cree que esa obsesión de mantener a la Inquisición como instrumento de miedo y control no pudo contribuir al crecimiento de anticlericalismo que se daría en los posteriores años de la abolición?

Ahí tenemos un elemento en el hecho de que se han conservado muy pocos archivos inquisitoriales debido al ‘cariño’ que se le tenía al Santo Oficio. El anticlericalismo tiene un elemento esencial en el rechazo, pero también hay que tener en cuenta que durante el siglo XVIII la Inquisición estaba en franca decadencia, y se perseguía a muy poca gente y por unos delitos muy precisos. Otra cosa es que, a partir de 1789, la Inquisición se convierte en el valuarte antiliberal y antirrevolucionario, pero los motivos del anticlericalismos son mucho más amplios. En el comportamiento de los eclesiásticos, en general, había tantos o más motivos como para ser mal vistos por el pueblo que por el hecho de participar en la persecución de ideas. No se puede creer que el anticlericalismo venga, sobre todo, del rechazo hacia la Inquisición, aunque desde un punto de vista operativo, sí que era interesante rechazarla en la medida que perseguía la libertad de pensamiento cuando se instaura el Liberalismo. En términos populares, el Santo Oficio era objeto de crítica y rechazo, y de actitud anticlerical.

¿Hasta qué grado bucea su estudio en los documentos que se conservan de la provincia? ¿Tuvo realmente la capital tanta relevancia en los tribunales inquisitoriales?

El archivo de la Inquisición de Cuenca, Sigüenza y Priorato de Uclés, de esos tres Obispados, es de los mejor conservados y, por tanto, nos permite tener una impresión más clara de cómo funcionaba el Tribunal. Básicamente he utilizado los fondos del Archivo Diocesano y de la sección de Inquisición en él, para reproducir los documentos de carácter más genérico. El sistema de trabajo del Santo Oficio partía inicialmente de la visita que los inquisidores hacían a una porción del territorio que les estaba asignado. A partir de ahí, lo que consideraban delitos de mayor envergadura se remitían al fiscal del Tribunal. Aquellos delitos que se estimaban de índole menor se solían resolver o sancionar sobre la marcha con penitencias y multas menores. Ese el sistema de trabajo durante el siglo XV y XVI, y en el XVII las cosas cambian. En lugar de proceder a buscar el delito, esperan las denuncias y se cuenta con el apoyo de los comisarios y familiares. 

En cuanto a la ciudad, primero hubo una comunidad judeoconversa previamente a la fundación del Santo Oficio. En 1391 desaparecen los judíos de la capital, pero sus descendientes, o los que entonces se convierten, van a seguir ahí. Ese es el objetivo principal de la Inquisición, sobre todo por una razón. No se trata tanto de depurar el Cristianismo como de desestabilizar de algún modo lo que desde el poder político se consideraban reductos en manos de unas determinadas oligarquías que ocupaban el poder municipal, apoyado en el Cabildo de la Catedral, que podían ser un factor de rechazo de ese modelo de Monarquía Autoritaria que los Reyes Católicos intentan imponer. La capital sí que tiene un número importante de perseguidos en la primera época y después. Lo mismo le sucede a aquellas localidades como Huete o Castillo de Garcimuñoz, que tienen judería y cuyos descendientes fueron objetos de persecución. 

Tengo entendido que no se juzgaba de igual manera en un territorio que en otro, en función de los propios inquisidores y de los Obispados. ¿Cómo fue la Inquisición en Cuenca en ese sentido?

En general, los inquisidores juzgaban con arreglo a la normativa  propia de la Inquisición y a la norma propia que ellos conocían. Hay que tener en cuenta que los inquisidores hacían una carrera, como los de ahora y, por tanto, su comportamiento era semejante allí donde actuaban. Otro tema es que recibieran directrices del Consejo de la Suprema en cuanto a qué tipo de delito o delincuente debían perseguir. Hay diferencias, claro. Algo que choca mucho es que a las comunidades de judeoconversos que se persiguen, casi todas ellas, radican en tierras de Señorío. Algo que se observa en el Obispado de Sigüenza y en el de Cuenca. Los judíos tendieron a ponerse bajo la protección de los señores. A la hora de implantar o hacer funcionar el Santo Oficio, persiguiendo a estos hipotéticos herejes, se doblegaba a esos grupos urbanos oligárquicos que decía y por otro se intentaba debilitar el poder nobiliario. 

¿Qué no sabemos aún de la Inquisición Española en Cuenca? ¿Queda mucha labor para arrojar luz sobre este periodo ‘oscuro’ de la historia?

Sí, todavía necesitamos averiguar y en eso estamos empeñados. Cuáles son los objetivos que la Inquisición se propone, sobre todo en sus primeros tiempos, qué significa la persecución de los grupos conversos o de las familias de origen converso, o qué resultados políticos y económicos se obtuvieron. En general, el Tribunal de Cuenca se atuvo a los comportamientos de otros. Lo que sucede es que aquí es posible documentarlo mejor porque abundan los materiales y que, de algún modo, nos supera por su tamaño. En líneas generales sabemos cómo funcionaban las cosas, pero queda por investigar.