Concursos y quiebra de empresas, el virus que llega

Agencias
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Los economistas alertan de que la crisis del coronavirus provocará que entre 50.000 y 60.000 empresas españolas se declaren en bancarrota en los próximos meses por insolvencia financiera

Concursos y quiebra de empresas, el virus que llega - Foto: Manuel Bruque

La crisis económica generada por el coronavirus es la antesala en España de una esperada avalancha de concursos de acreedores y cierre de empresas en los próximos meses. Tras un primer escenario en el que los ERTE han sido los protagonistas, los juzgados de todo el país se preparan para afrontar una oleada de quiebra de sociedades.

La caída de la facturación en las empresas tras los cierres decretados por el Gobierno obligará a muchas compañías a acudir a un proceso concursal ante la situación de insolvencia a la que se están ya enfrentando y que les impide hacer frente a la totalidad de sus pagos. 

Debido a la delicada situación del tejido productivo nacional, los expertos creen que muchas corporaciones y, sobre todo el colectivo de autónomos, no podrán superar esta fase de confinamiento y terminarán desapareciendo del mercado.

Según los cálculos del bufete Quabbala Abogados y Economistas, en España se producirá un «colapso del sistema judicial con la presentación de entre 50.000 y 60.000 concursos de acreedores en las próximas semanas como consecuencia del impacto de la COVID-19, en niveles similares a los de la crisis de 2008». Por ello, ve necesario implementar medidas de orden profesional y procesal para preparar con antelación el sistema judicial ante la magnitud de lo que se avecina y para lo que no están preparados ni con medios técnicos ni con los recursos humanos suficientes.

El socio director de Quabbala, Rubén García-Quismondo, sostiene que «no hay dudas» de que «se producirá una solicitud de miles de concursos de acreedores» y recuerda que «si la anterior crisis de 2008 supuso entre 50.000 y 60.000 procesos, para los próximos meses se prevé esa cantidad o una mucho mayor en un período de meses».

 Los abogados señalan que este virus afectará especialmente a empresas insolventes o en reestructuración y a profesionales con una corta trayectoria en su sector.

En este sentido, alertó de que esta depresión inducirá un «stress tremendo» en el sistema judicial que «no va a ser probablemente capaz de asumir a pesar de las medidas implementadas por el Gobierno y las propuestas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y los colegios profesionales de abogados».

Aunque hay jueces de refuerzo, y está prevista la creación de 21 juzgados de lo mercantil nuevos, los 71 actuales que funcionan en España de una forma más o menos ordenada, se verán desbordados ante la cantidad de miles de concursos de acreedores que se esperan de forma inminente y que provocará igualmente un «colapso» para lo que no están preparados y menos después de todas las medidas de seguridad que se exigen para trabajar y evitar contagios tras los efectos de la COVID-19.

En este sentido, los especialistas coinciden en que las empresas más afectadas serán las pequeñas y medianas, que son las que tienen menos liquidez y más dificultad para hacer frente a pagos e impuestos. 

La vulnerabilidad de las pymes se ha visto ahora agravada por el parón de su actividad durante las últimas semanas, lo que afecta a su liquidez impidiendo el funcionamiento de las cadenas de suministro y que, según los expertos, concluirá en el cierre de sus estructuras por falta de solvencia financiera y de pedidos a medio y largo plazo para conseguir los avales que exige el sector bancario antes de conceder créditos.

Plazos suspendidos

Ante esta situación, el Gobierno se ha visto obligado a suspender los plazos para pedir el amparo de la Ley Concursal. «Entre las medidas aprobadas se ha establecido una moratoria concursal, con el objeto de evitar una posible avalancha de casos de quiebras en los próximos meses, de forma que no haya obligación de declarar concurso de acreedores en los dos meses siguientes a la finalización del estado de alarma aún vigente en España.

Los juristas están convencidos de que, sin esta medida, el aluvión de presentaciones podría ser ya de tal magnitud que colapsara los juzgados de lo mercantil. Con esta iniciativa, el deudor que se encuentre en estado de insolvencia no tendrá el deber de solicitar la declaración de concurso mientras estén vigentes las medidas por la pandemia.

Además, hasta que transcurran dos meses desde la finalización del estado de alarma, los jueces no admitirán a trámite las solicitudes de concurso de acreedores que se hubieran completado durante ese tiempo o que se presenten durante esos dos meses.

La normativa legal ha logrado frenar por el momento los procedimientos concursales. Según los últimos datos, su presentación en marzo cayó un 24% en España. «Aunque los plazos se encuentren suspendidos, empresarios y administradores societarios tienen centradas sus mentes y preocupaciones en un plano posterior y necesitan respuestas sobre cómo actuar una vez que el estado de alarma se levante», concluye Rubén García-Quismondo.