Madrid acepta reuniones de no convivientes en el toque de queda

Europa Press
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La Comunidad recuerda que se mantiene el veto a la movilidad, por lo que está prohibido salir a la calle entre las 00,00 y las 06,00. Los encuentros con familiares o amigos no pueden ser de más de seis personas

Madrid acepta reuniones de no convivientes en el toque de queda - Foto: Rodrigo Jiménez

La Comunidad de Madrid permite las reuniones de no convivientes hasta 6 personas entre las 00,00 horas y las 06,00 horas siempre que no haya movilidad, pese a que antes de la declaración del estado de alarma el Gobierno regional había prohibido las reuniones de no convivientes tanto en lugares públicos como privados en dicha franja horaria.

Según han confirmado fuentes de la Consejería de Sanidad, la prohibición quedó suspendida por la declaración del estado de alarma.

Así, en esa franja horaria pueden reunirse no convivientes sin superar el número de seis y si no hay movilidad, es decir, que no pueden salir a la calle entre las 00,00 horas y las 06,00 horas salvo en las situaciones contempladas por el Real Decreto del estado de alarma.

Fuentes de la Consejería de Sanidad han señalado que la retirada de su medida responde a la necesidad de ajustarse al Real Decreto del estado de alarma.

El decreto de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, por el que se establecen las medidas adoptadas por el Real Decreto del Estado de alarma fija la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, desde las 0.00 hasta las 6.00 horas.

También apuntan que las medidas de prevención y contención adoptadas por la Consejería de Sanidad previamente en el ejercicio de sus competencias como autoridad sanitaria "continuarán vigentes y producirán los efectos previstos en ellas, siempre que resulten compatibles con lo dispuesto en este decreto".