Díaz propone quitar el contrato de obra y limitar el de producción

Agencias
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El Gobierno negocia una reforma con los agentes sociales en la que plantea reducir a dos las fórmulas de empleo temporal y elevar las indemnizaciones de los despidos

El objetivo del Gobierno es mejorar la calidad de los trabajadores que más dificultades tienen para mantener sus ocupación. - Foto: LARA REVILLA

La reforma del mercado de trabajo que negocia el Gobierno con los agentes sociales plantea eliminar el contrato por obra o servicio y prohibir el uso de la modalidad temporal para cubrir picos de actividad cuando esa mayor carga de trabajo tenga que ver con la actividad «normal y permanente».

Según el último borrador en el que trabajan el Ministerio de Trabajo, la patronal y los sindicatos, esta reforma reducirá a dos los tipos de contrato temporal: por razones de carácter productivo y por razones organizativas.

La desaparición de la modalidad por obra o servicio ha sido propuesta para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo, que rechaza que las altas de operarios de subcontratas se limiten al tiempo que dura la prestación de servicios para un cliente concreto.

El vinculado a las circunstancias de producción, al que ahora se puede recurrir por acumulación de tareas o exceso de pedidos durante un máximo de 12 meses, no se podrá utilizar para atender pedidos vinculados a la actividad normal y permanente de la empresa, ni para tareas en el marco de contratas, subcontratas o concesiones administrativas.

El texto mantiene el contrato temporal vinculado a causas organizativas para sustituir al personal fijo de la empresa, debiendo constar el nombre de la persona y la causa de la sustitución. Estas fórmulas de interinidad durarán hasta la incorporación de la persona sustituida, adquiriendo la condición de indefinido a los dos años.

Para los sindicatos se trata de medidas de una gran envergadura para luchar contra la temporalidad abusiva, a las que les falta un mayor desarrollo y que generan discrepancias importantes con las organizaciones empresariales.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, defendió que la reforma estará lista para finales de año, tal y como se ha comprometido con Bruselas, tanto si hay acuerdo social como si no lo hay.

En el borrador se eleva de 12 a 20 días por año trabajado la indemnización para los trabajadores temporales despedidos que lleven más de dos años sustituyendo a otro trabajador, con lo que se equipara esta circunstancia a la de un despido por causas objetivas.

El Estatuto de los Trabajadores establece que si la sustitución de un empleado se prolonga durante más de 24 meses, la persona contratada para esa sustitución adquiere la condición de fija.

Si, en lugar de hacerla fija, se opta por expulsarla, la empresa tendrá que asumir un coste equivalente al despido objetivo de 20 días por año trabajado, en lugar de los 12 días establecidos actualmente para la terminación de los contratos temporales.

Además, se establece que será nulo el despido de asalariados temporales cuyo contrato no tuviera una causa justificada o se hubiera celebrado en fraude de ley, independientemente de la causa alegada para la extinción.

La nulidad del despido implica la readmisión de la persona trabajadora por parte de la compañía.

El texto devuelve la prioridad al convenido sectorial en lo referente al salario base, los complementos retributivos, la duración de la jornada y la duración del tiempo de descanso compensatorio por hora extraordinaria.

Se mantiene también la prioridad del convenio de empresa sobre los de ámbito superior solo para elegir entre el abono o la compensación con tiempo de descanso de las horas extra, para el horario y distribución del tiempo de trabajo, para la adaptación de la clasificación profesional y para las medidas para la corresponsabilidad y la conciliación.

 

Ultraactividad

Respecto a la ultraactividad, limitada a un año en la reforma laboral de 2012, el texto que se negocia recupera su duración indeterminada. No obstante, una vez transcurrido un año desde que termine su vigencia sin acuerdo entre las partes, se obligará a las partes a iniciar un procedimiento de mediación. 

Desde el sindicato, CCOO aseguran que no se puede acabar con la temporalidad y la precariedad «maquillando» la norma actual, sino que se debe «actuar y trabajar en profundidad sobre la contratación temporal, formativa y sobre la contratación de carácter parcial».