Tras la huella digital

Agencias
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Google ha recibido en España en los últimos cinco años cerca de 80.000 solicitudes de personas para que elimine determinadas direcciones y ejercer así su derecho al olvido

Tras la huella digital

Cinco años después del fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que reconoce el derecho al olvido de las personas en internet y a pedir que se supriman ciertas direcciones cuando consideren que son «inadecuadas, irrelevantes o excesivas», el buscador más popular del mundo (Google) ha recibido ya en España casi 80.000 solicitudes, más de 800.000 en Europa, de usuarios que le reclaman que elimine direcciones (URL) y borre su huella digital en la red.

Las cifras de Google comenzaron a registrarse el 25 de mayo de 2014, solo 12 días después de la histórica sentencia y, según el propio buscador, las peticiones para eliminar enlaces se estudian una a una y en algunos casos se pide más información al demandante, y cada una de ellas se somete a una revisión «manual».

Entre los factores más comunes que justifican la retirada de una URL está la ausencia «clara» de interés público, información sensible -orientación sexual, raza, etnia, religión y afiliación política o sindical-, contenido relacionado con menores y condenas o antecedentes prescritos, exoneraciones y fallos absolutorios.

La empresa puede decidir no retirar las páginas y alega para ello factores como la existencia de soluciones alternativas, razones técnicas o que las URL estén duplicadas, y en algunas circunstancias argumenta que la dirección cuya eliminación se ha pedido contiene información de «gran interés público» que requiere que prevalezca.

Para este último supuesto, el equipo que lo analiza tiene en cuenta varios factores para tomar esa decisión «tan compleja», y cita entre estos que el contenido esté relacionado con la vida profesional del solicitante, con un delito pasado, con un cargo público, que se trate de un persona con un papel destacado en la vida pública o que el contenido en sí mismo sea de documentos gubernamentales o material periodístico.

Por ejemplo, Google eliminó, a petición de un ciudadano español, un archivo de noticias según el cual el afectado figuraba en el registro de la Policía como culpable de haber atropellado con su coche a otra persona y de haberla matado hace 50 años. El buscador optó por retirarlo debido al tiempo que había transcurrido desde el accidente.

Por contra, recibió una solicitud de una persona, un ciudadano comunitario, para que se eliminara una noticia de 1994 y una publicación de un foro de 2007 sobre su actividad anterior como líder del brazo político de una organización que, en su Estado de procedencia, está considerada como terrorista. En este caso en particular, las URL no fueron retiradas por razones de interés publico, dado que se entendió que formaban parte de la historia del país y de las amenazas extremistas a las que se enfrentaba.

De hecho, fuentes del propio buscador aclararon que el derecho al olvido en aplicación de esta sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, solo tiene efectos en el Viejo Continente.

Los más demandantes

Los cinco países europeos en los que se ha contabilizado un mayor número de solicitudes de cancelaciones de direcciones son Francia (se han registrado 177.302 peticiones de anulación de 626.582 enlaces); Alemania (131.949 solicitudes para que se retiren 516.488 direcciones); o el Reino Unido (donde 97.392 usuarios han querido que se borren 422.895 direcciones).

El cuarto lugar lo ocupa España y en el quinto se sitúa Italia, en el que se han registrado 66.331 peticiones para que se borren 270.144 direcciones.

El mayor número de reclamaciones procede en todos los territorios de personas particulares (el 88,6 por ciento), y en el caso español esa cifra se eleva al 90,4 por ciento de las demandas.

Las categorías de sitios web que alojan contenidos cuya retirada han pedido los usuarios y que el equipo del buscador ya ha evaluado se corresponden a: redes sociales (el 11,6 por ciento); directorios (el 16,4 por ciento); noticias (el 18,7 por ciento); y varios (el 50,9 por ciento), aunque estos datos se empezaron a contabilizar en enero de 2016, no inmediatamente después de publicarse el fallo judicial.

En el caso español, los porcentajes varían sensiblemente y las reclamaciones se refieren a: el Gobierno -cuando la página está alojada en un sitio web institucional- (el 10,5 por ciento); redes sociales (11,1 por ciento); directorios (15,9 por ciento); noticias (20,6 por ciento); y varios (el 42 por ciento).