Las otras maneras de ser madre

Agencias
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Reproducción asistida, adopción, gestación subrogada... Más allá del método natural, existen alternativas para tener hijos, algunas de ellas con límites como la edad o la ética que están siendo estos días motivo de debate

Las otras maneras de ser madre - Foto: Imagen de pch.vector en Freepik

La decisión de Ana Obregón, de 68 años, de hacerse cargo de su nieta mediante gestación subrogada en Estados Unidos no ha dejado indiferente a nadie. Pero dejando de lado el debate ético, político y social que ha generado sobre si los vientres de alquiler deberían ser legales o no, la noticia evidencia la realidad, a veces olvidada o quizá no tan conocida, de que es posible tener un bebé más allá del método natural. Pero, ¿existen límites? ¿Cuál es la edad máxima para que una mujer se convierta en madre? 

Hasta 163 hijos por gestación subrogada fueron inscritos el año pasado en los consulados españoles, la mayoría en Estados Unidos, según el Ministerio de Asuntos Exteriores. Se trata de un procedimiento mediante el cual, previo acuerdo, una mujer se queda embarazada con un óvulo ajeno y da luz a un bebé para otra persona o pareja. No es legal en España, pero sí se permite el registro del menor en el país cuando existe sentencia de filiación del lugar de origen.

Las familias que han recurrido a esta práctica reclaman su regulación. Ahora bien, se muestran partidarias de que exista un límite de edad para recurrir a la misma, aunque no incluyen una cifra concreta, explica Antonio Vila-Coro, portavoz de la asociación Son nuestros hijos, porque creen que debe depender de factores como, por ejemplo, la esperanza de vida. Según indica, el objetivo es que no se traiga al mundo a niños «que el día de mañana se van a quedar sin padres muy pronto» y seguir la línea de los métodos de reproducción asistida.

Tampoco existe legalmente un límite de edad en España para acceder a tratamientos de fertilidad, ya que la Ley sobre técnicas de reproducción humana asistida no especifica un máximo y solo se incluye como usuarias a «toda mujer mayor de 18 años y con plena capacidad de obrar». En todo caso, las clínicas públicas y privadas sí establecen un tope de edad. De esta forma, el Sistema Nacional de Salud impone un límite de 40 años para las mujeres en el momento del inicio del estudio de fertilidad. El techo baja hasta los 38 años en la técnica de inseminación artificial, y se amplía en el caso de transferencia a través de criopreservación de preembriones hasta los 50 años. 

Sin embargo, la no existencia de una edad en la legislación permite la libertad, en este sentido, a los centros de fertilidad privados, que trabajan en torno al límite de los 50.

Pero la edad no es el único requisito. Por ejemplo, es esencial que la futura madre no tenga patologías en las que el embarazo pueda entrañarle un grave e incontrolable riesgo, tanto para su salud como para su descendencia. En el caso de que el método sea solicitado por una pareja, no puede haber un hijo previo entre ambos. Del mismo modo, el Sistema Nacional de Salud no permite acceder a la reproducción asistida a quien se haya sometido a una esterilización voluntaria previa, cuando hay contraindicación médica documentada o imposibilidad para cumplir el tratamiento por motivos de salud.

Más allá de la reproducción asistida, la adopción es otra de las vías para convertirse en padres, si bien es un proceso largo y tedioso que requiere muchos trámites y que, en ocasiones, puede tardar varios años, incluso décadas. 

También existen límites de edad para este procedimiento. En concreto, el interesado no podrá tener menos de 25 años -en el caso de una pareja solo se exige a uno de los cónyuges-, ni ser mayor de 45. Además, se recoge que la diferencia entre adoptante y adoptado deberá ser superior a 17 años e inferior a 45. Solo se permitirán más años de diferencia en el caso de que el futuro padre esté en disposición de hacerse cargo de un grupo de hermanos o niños con necesidades especiales.

El reglamento sobre esta técnica también apunta que, como norma general, solamente podrán ser adoptados los menores no emancipados y, como excepción, un mayor de edad o un menor emancipado, si justo antes de cumplir los 18 hubiera existido un acogimiento o una convivencia estable con los adoptantes, al menos, por un año.

¿Y los donantes?

Otra de las dudas surgidas esta última semana, a raíz de la noticia de un holandés al que se le atribuye la paternidad de unos 550 hijos en todo el mundo, es si existe un número límite de niños nacidos en España de un mismo donante de esperma.

Pues, efectivamente, lo hay: un máximo de seis. Y la existencia de un registro estatal hace prácticamente imposible que se dé un caso similar al de Países Bajos, donde el tope es bastante más alto, 25 hijos.

La ley española insiste en el carácter altruista de este método, aunque fija una compensación económica resarcitoria por las molestias físicas y los gastos de desplazamiento y laborales derivados.

Además, la legislación decreta que los nacidos tienen derecho a obtener información general que no incluya su identidad.

Sanidad establece que los donantes deben tener más de 18 años, buen estado de salud psicofísica y plena capacidad de obrar. Eso sí, no habla de edad máxima, pero exige un análisis de la muestra para comprobar que el semen cumple con los criterios de calidad y que son viables para la inseminación.