Numerosos inmuebles están exentos del pago del IBI

Antonio Gómez
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Numerosos inmuebles están exentos del pago del IBI - Foto: Diario de Burgos Alberto Rodrigo

En la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de Cuenca se contempla una serie de supuestos donde  el ciudadano no tendrá que pagar, pero la petición debe hacerla el propio interesado para que sea efectivo. En este sentido, previa solicitud y posterior estudio de la misma por los servicios municipales, estarán exentos, los bienes inmuebles que se destinen a la enseñanza por centros docentes acogidos, total o parcialmente, al régimen de concierto educativo, en cuanto a la superficie afectada a la enseñanza concertada.
De igual forma,  estarán exentos también los declarados expresa e individualizadamente Monumento o Jardín histórico de Interés Cultural, mediante Real Decreto en la forma establecida por el artículo 9 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, e inscritos en el registro general a que se refiere su artículo 12 como integrantes del Patrimonio Histórico Español, así como los comprendidos en las disposiciones adicionales primera, segunda y quinta de dicha Ley.
En el caso de Cuenca capital,  están declarados como Monumento, inmuebles como la Casa Consistorial, Catedral, Convento de la Merced, El Pósito, Hospital de Santiago, Iglesias de El Salvador, San Andrés, San Nicolás de Bari o San Pedro, Monasterio de la Concepción Franciscana, Palacio Episcopal, Posada de San José o la Torre de Mangana, la Casa de las Rejas o el Convento San Felipe Neri. 
Esta exención no alcanzará a cualesquiera clases de bienes urbanos ubicados dentro del perímetro delimitativo de las Zonas arqueológicas y Sitios y Conjuntos históricos,.....
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