La compra de una casa no solo supone pagar el importe convenido con el vendedor y ya está. Esta operación lleva detrás otra serie de gastos que hay que tener en cuenta; y eso, sin hablar si es necesario contratar una hipoteca.
En la compraventa de una vivienda usada, uno de los gastos más importantes es, sin lugar a dudas, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que cada comunidad autónoma fija el porcentaje a aplicar sobre el valor de referencia de Catastro, a excepción de que el precio de adquisición sea mayor, porque en ese caso se aplicará sobre el precio de compra en cuestión.
Porcentaje que en el caso de Castilla-La Mancha se sitúa en el 9 por ciento –el segundo más alto del país, solo superado por el 10% de Cataluña, Galicia y Comunidad Valencia– y que hace que la compra de una vivienda de dos habitaciones en la capital conquense, con un precio medio de 114.387 euros, suponga pagar 10.295 euros en concepto del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, según se recoge en el estudio elaborado por el portal inmobiliario Idealista.com.
Con estas cifras, Cuenca se sitúa en el puesto trigésimo quinto de las capitales del país con el precio medio de una vivienda de dos habitaciones más alto. Ranking que encabeza San Sebastián, con un importe de 372.592 euros, seguida de Palma, con 355.041 y Barcelona, con 302.156 euros.
Nada que ver con la clasificación de las capitales de provincia según el importe del ITP a pagar por la compra de una vivienda de dos habitaciones.
En este caso, Cuenca se coloca en el puesto vigésimo quinto, justo por debajo de Soria, con 10.351 euros, y por encima de Burgos, con 10.272 euros. Una clasificación liderada por Barcelona, con 30.216 euros y a la que le siguen Palma, con 28.403; Girona, con 18.839; y Valencia, con 18.471 euros.
Otros gastos. Pero en una operación de compraventa de vivienda, tanto el comprador como el vendedor deben de asumir ciertos pagos, más allá del importe de la vivienda, como son los impuestos. Cada uno debe de hacer frente a unos pagos, como el IVA en caso de obra nueva, el ITP en caso de vivienda de segunda mano o la plusvalía correspondiente para el vendedor, sin olvidar, eso sí, otra serie de gastos, como el notario o la expedición de las escrituras de la vivienda, tal y como recuerda el mencionado estudio.
No obstante, insiste en la relevancia del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, cuyo porcentaje se aplica al valor de referencia de Catastro y no al valor real, como era antes de la Ley 11/2021, de 9 de julio, puesto que al establecer el valor de la vivienda, se solían cometer fraudes para pagar menos impuestos.