Se limita el uso de fertilizantes en terrenos con pendiente

L.G.E.
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Para reducir la contaminación con nitratos, se prohíbe el uso de estiércoles y fertilizantes de fósforo y nitrógeno a partir de una pendiente del 15%. Si tiene más de 8% la prohibición es solo para barbecho

Se limita el uso fertilizantes en terrenos con pendiente - Foto: Reyes Martínez

La Unión Europea ha dado un tirón de oreja a España por la contaminación de nitratos en aguas y toca ponerse las pilas. El Gobierno de Castilla-La Mancha ha acordado modificar la orden que regula la actuación aplicable a las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario y que databa de 2010. Se publicó ayer en el Diario Oficial y afecta sobre todo al uso de estiércoles y fertilizantes en terrenos inclinados de cultivo. Según va subiendo la inclinación, más se limita el uso. 

Según se recoge en la nueva orden, para los terrenos con pendientes superiores al 15 por ciento, se prohíbe la aplicación superficial y subsuperficial de estiércoles y fertilizantes de nitrógeno y fósforo, tanto sólidos como líquidos. En el caso de que el terreno de cultivo tenga una pendiente por encima del 8 por ciento, esta prohibición de estiércoles y fertilizantes de nitrógeno y fósforo solo se establece para terrenos en barbecho (es decir en los que no se haya cultivado ese año para dejar que el suelo se regenere). Para terrenos con menos pendiente, todos aquellos que superen el 2 por ciento, la Junta no pone ninguna prohibición añadida, pero sí obliga a tomar otro tipo de actuaciones adicionales al uso de estiércoles y fertilizantes. Se denominan «medidas de precaución» y puede ser cultivo permanente, terrazas, franjas de protección extensas no fertilizadas, etc. 

La modificación de la orden, firmada por la consejera de Desarrollo Sostenible, Mercedes Gómez, se remite a las conclusiones expuestas por la Comisión Euroupea, que consideraba que la norma relativa a la aplicación de fertilizantes nitrogenados en terrenos inclinados y escarpados era menos estricta de lo propuesto en el estudio científico de 2011. Bruselas incluyó esta disconformidad en su demanda contra el Reino de España que presentó ante el Tribunal de Justicia que se resolvió en sentencia el pasado marzo.